Transantiago-Denuncias

sábado, 6 de octubre de 2007

GUIDO GIRARDI Y LAS FACTURAS FALSAS

Para que pueda incubarse una causa en cualquier tribunal deben concurrir tres elementos necesariamente;
a) Debe existir una norma (jurídica o de costumbre)
b) Sujeto al que se le vulnera su derecho (demandante)
c) Sujeto que vulnera la norma (demandado)

En los Estados democráticos, para garantizar la aplicación de este principio establecen;
a) Tribunales independientes para administrar justicia
b) Garantía de procedimientos a través del Código de Tribunales y
c) Reconocimento de representación, a través de profesionales expertos en las materias jurídicas, los Licenciados en Derecho, mal llamados abogados y peritos en las materias en litigio.

Todo lo anterior para analizar lo que ha ocurrido con el caso de las facturas falsas que se utilizaron en la rendición de Gastos del senador Girardi.

Esquemáticamente;
a) La norma violada: Ley de elecciones
b) El sujeto demandante: Servicio Electoral o El Estado
c) Sujeto que vulneró la norma: Guido Girardi, el candidato inscrito, por solidaridad, el PPD y la Concertación

La reacción de la Fiscalía, declarar culplable a un integrante del comando electoral-administrativo del senador Girardi.

Que trae como consecuencia esta resolución.

Si esta resolución termina siendo un fallo definitivo en el Sistema Jurídico chileno, quedará como precedente, vale decir, jurisprudencia, hecho por lo demás, en si, normal, pero la diferencia será que la jurisprudencia establecerá que el responsable final de un hecho delictivo será, como en este caso, el sujeto legalmente reconocido – el candidato – sino que los colaboradores o empleados del sujeto responsable ante la ley.

No deja de ser interesante esta nueva figura ya que con esto, por ejemplo, ninguna casa comercial se hará responsable de la venta de un artículo defectuoso ya que será responsable el vendedor del mismo, o el encargado de Bodega que entregó el producto.

Si esto se aplica en el un restorán, por un mal alimento servido, el responsable no será la persona jurídica o natural dueña del restorán, sino el garzón que lo sirve, el cocinero que lo prepara o el encargado de las compras.

Grave situación se plantea solo por salvar a UNA PERSONA dentro de la sociedad chilena.

Para concluir, en los caos que están en litigio, como en el caso de Celco y la contaminación del río Mataquito, no cabría duda alguna que el responsable deja de ser la Empresa y pasaría ser responsable el operario que activó las válvulas o el Químico que estableció las mezclas.

Una actitud mas de los alcances de la corrupción, por una parte y la falta de profesionalismo y experiencia de quienes tienen que realizar funciones que resguarden el bien publico y la legitimidad jurídica de los actos de la nación.

Por último, cabe una pregunta muy elemental; ¿Y el Juez de la causa no logra ver que los empleados o colaboradores de un candidato en elección popular no tienen responsabilidad ante la ley ya que la Ley de Elecciones señala que quien responde por las rendiciones de las cuentas de gastos es el ciudadano que se inscribió como candidato?

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1 Comentarios:

Anonymous Anónimo dijo...

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17/3/08, 10:12  

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